¿Contratas asistenta del hogar?
Evita errores legales y cuida su bienestar
Las asistenta del hogar juega un papel clave en miles de hogares en España. Se encargan de tareas tan esenciales como la limpieza, la cocina, el cuidado de menores, mayores o personas dependientes, y en general del buen funcionamiento de los espacios domésticos.
Este trabajo, históricamente invisibilizado y mayoritariamente feminizado, ha sido objeto de importantes avances normativos en los últimos años, buscando garantizar a estas profesionales los mismos derechos que a cualquier otro trabajador.

Pero ¿qué se entiende realmente por “asistenta del hogar”?
El término engloba a aquellas personas que, bajo un régimen de contratación laboral especial, prestan servicios en un domicilio particular ajeno.
Es decir, no se trata de empresas de limpieza o de ayuda a domicilio contratadas por organismos públicos, sino de trabajadoras directamente empleadas por una familia o persona física para labores domésticas. Este tipo de relación laboral está regulada por normativas específicas que buscan adaptarse a las particularidades de este empleo
Tipos de contrato en el trabajo doméstico
En cuanto a la contratación, la legislación contempla distintas modalidades.
- La más común es el contrato a tiempo parcial, especialmente entre aquellas que trabajan por horas en distintos hogares a lo largo de la semana.
- También existe el contrato a jornada completa, habitual en casos en los que la trabajadora reside en el domicilio donde presta el servicio.
Sea cual sea el tipo de jornada, desde 2012 es obligatorio formalizar por escrito el contrato laboral, incluyendo la jornada, el salario y las condiciones básicas.
A pesar de ello, se estima que una parte importante de este colectivo aún trabaja sin contrato, en situación informal, lo que limita su acceso a prestaciones y a derechos básicos como el paro o la cobertura por accidente laboral.
Cómo contratar legalmente a una asistenta del hogar en España (y cuánto cuesta realmente)
Contratar a una persona para ayudarte en casa puede marcar una gran diferencia en la conciliación familiar, pero también implica una responsabilidad legal importante. En España, el trabajo doméstico está regulado y debe formalizarse mediante un contrato y alta en la Seguridad Social.
Aquí te explicamos paso a paso cómo hacerlo y cuánto te costará realmente.
1. Alta en la Seguridad Social: un proceso sencillo
El empleador del hogar —sí, tú, aunque seas simplemente un padre de familia con poco tiempo— es quien debe tramitar el alta de la empleada del hogar.
- Esto se hace fácilmente a través del portal Import@ss, de la Seguridad Social.
- Solo necesitas un método de identificación (Cl@ve, certificado digital o SMS) y los datos básicos del trabajador.
En el trámite se indican:
- Horas semanales de trabajo
- Salario mensual
- Fecha de inicio
- Tipo de contrato
Una vez completado, se genera automáticamente el alta y las obligaciones de cotización.
2. ¿Cuánto cuesta realmente una asistenta?
Supongamos que contratas a una asistenta que trabaja tres días por semana, cinco horas al día (15 horas semanales), cobrando 11 euros la hora. Eso equivale a 660 euros mensuales (pagas extra y vacaciones incluidas).
Ahora bien, como empleador también debes asumir las cotizaciones a la Seguridad Social, tanto la parte empresarial como la del trabajador (que se descuenta del salario). Para este ejemplo:
- Salario neto mensual: 660 €
- Coste total aproximado sin bonificaciones: 701,78 €
- Coste con bonificación por contratación (20%): 613 € aprox.
En resumen: pagarás unos 42 € adicionales al mes si puedes acceder a la bonificación, y hasta 100 € más si no.
3. Ventajas de hacerlo en regla
Más allá de cumplir con la ley, dar de alta a tu asistenta ofrece beneficios reales:
- Cobertura sanitaria y cotización para la pensión.
- Acceso a prestaciones por desempleo o incapacidad.
- Evitas sanciones que pueden superar los 10.000€.
Además, contar con un contrato firmado refuerza la confianza y la profesionalidad de la relación.
Datos sobre el sector de las asistentas del hogar en España
Según datos recientes, en España hay aproximadamente 580.000 personas que se dedican al trabajo doméstico, de las cuales más del 85 % son mujeres.
Esta cifra ha ido oscilando en la última década.
TRABAJADORES DOMÉSTICOS EN ESPAÑA
%
TRABAJADORES DOMÉSTICOS MUJERES
- En 2012, por ejemplo, se estimaba que cerca de 700.000 personas trabajaban en este sector, pero solo unas 320.000 estaban dadas de alta en la Seguridad Social. Aunque el número total ha descendido ligeramente, en parte debido al envejecimiento de la población empleadora o a la profesionalización de servicios de cuidado, lo que sí ha mejorado es la tasa de formalización del empleo.
- Hoy en día, unas 370.000 trabajadoras figuran oficialmente registradas en el sistema, gracias en gran medida a los cambios legislativos que han equiparado sus derechos con los del resto de la población trabajadora.
Uno de los avances más significativos fue la aprobación del Real Decreto‑ley 16/2022, que puso fin a una histórica discriminación al reconocer el derecho al desempleo para las empleadas del hogar, además de otras mejoras como el acceso a la formación profesional o el refuerzo de la protección frente al despido. Esta medida llegó tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que condenó la situación de desigualdad que vivía este colectivo.
La nueva legislación sobre prevención de riesgos laborales
- Más recientemente, en 2024, se ha dado un paso crucial con la publicación del Real Decreto 893/2024, que introduce por primera vez la obligación de aplicar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) al trabajo doméstico.
- Esto representa un cambio de paradigma, al reconocer oficialmente que los hogares también son lugares de trabajo y que, por tanto, deben garantizar condiciones seguras y saludables para las personas empleadas.
- Además, se contempla la formación obligatoria en prevención, bonificable con FUNDAE desde octubre, para todas las asistentas del hogar. Esta formación será gratuita, estará disponible en distintas lenguas y adaptada al nivel educativo de las trabajadoras. Si en el hogar se realizan tareas con riesgos específicos, se requerirá formación adicional más especializada.
- Otro aspecto novedoso es la provisión de Equipos de Protección Individual (EPIs). El empleador deberá facilitar guantes, mascarillas, calzado antideslizante u otros elementos de protección, en función de las tareas concretas. Esta entrega deberá hacerse sin coste para la trabajadora, y será responsabilidad del empleador reponer los materiales cuando sea necesario.
Salud laboral, acoso y derechos de paralización
En el ámbito de la salud laboral, la norma introduce por primera vez la posibilidad de realizar reconocimientos médicos voluntarios cada tres años. Estos reconocimientos estarán coordinados por el Sistema Nacional de Salud y no implicarán ningún coste, ni para las trabajadoras ni para las familias empleadoras. Este aspecto es especialmente importante en un sector en el que abundan las lesiones por esfuerzo, las dolencias musculares o las afecciones dermatológicas por el uso prolongado de productos químicos.
El decreto también contempla mecanismos de protección frente al acoso o la violencia, tanto física como verbal. La asistenta del hogar podrá abandonar el domicilio en caso de sufrir un episodio de este tipo, sin que ello implique renunciar a su empleo ni represente una causa válida para el despido. Igualmente, si identifica una situación de riesgo grave e inminente para su salud, tendrá derecho a paralizar su actividad, al igual que cualquier otro trabajador bajo la LPRL.
En el caso de las trabajadoras empleadas por empresas de ayuda a domicilio, se intensifican aún más las exigencias. Estas compañías deberán realizar evaluaciones de riesgos presenciales en cada vivienda, establecer protocolos específicos para el uso de medios mecánicos, programar descansos y permitir la representación mediante delegados de prevención.
Calendario de aplicación y próximos pasos
La entrada en vigor de todas estas medidas será progresiva.
- Aunque el Real Decreto se publicó en septiembre de 2024, el desarrollo completo de la herramienta de evaluación no estará disponible hasta julio de 2025.
- Las obligaciones más estrictas comenzarán a aplicarse de forma efectiva a partir de enero de 2026. Este plazo tiene como objetivo permitir que familias y trabajadoras puedan adaptarse, recibir formación y conocer bien sus derechos y deberes.
- Este conjunto de medidas no solo busca mejorar la seguridad y salud de las asistentas del hogar, sino también visibilizar y dignificar una profesión esencial para el bienestar de muchas familias.
El reconocimiento legal de sus derechos, el acceso a la prevención, la formación y los mecanismos de protección frente a riesgos o abusos suponen un avance histórico hacia la igualdad y la justicia laboral.
Un paso hacia la dignificación del trabajo doméstico
Con esta finalidad, Grupo System ha incluido en su plataforma de Prevención de Riesgos Laborales un nuevo apartado para el adecuado cumplimiento normativo con las asistentas del hogar, sin que suponga un coste importante para aquellos hogares o empresas que realicen dicha prevención.
Para aquellos interesados en conocer la sencilla e intuitiva plataforma de Grupo System para cumplir con la PRL, puedes contactar con nosotros en el +34 664 575 997 o la dirección de correo electrónico renriquez@gruposystem.com.

En definitiva, la figura de la asistenta del hogar se encuentra hoy en un punto de inflexión.
Con más derechos, mejor protección y nuevas herramientas legales, el reto ahora es hacer de esta transformación normativa una realidad palpable en los hogares españoles.
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