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Todo lo que debes saber sobre la ley LOPIVI

La LOPIVI, o Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio), es una normativa aprobada en España en 2021 con un objetivo claro: proteger a niños, niñas y adolescentes frente a cualquier forma de violencia. Esta ley supuso un gran avance en la forma en que la sociedad y las instituciones abordan el bienestar infantil, apostando por la prevención, la detección temprana y la actuación coordinada.

Entre sus pilares fundamentales están la promoción del buen trato, la creación de entornos seguros para los menores y la obligación de todos los actores sociales (desde familias hasta profesionales) de actuar frente a señales de maltrato o abuso. No se trata solo de castigar la violencia, sino de erradicarla desde la raíz y garantizar que todos los menores crezcan en entornos seguros, respetuosos y protectores.

Sanciones por incumplir la ley LOPIVI

La ley LOPIVI no establece explícitamente responsabilidad penal para empresas ni personas jurídicas.

Sin embargo, leyes recientes como “la ley del solo sí es sí” amplían la responsabilidad penal de lugares como los centros escolares frente al acoso, obligando a aplicar modelos de gestión y prevención que eviten condenas a la entidad sin necesidad de identificar al autor individual.

Además, el incumplimiento de la ley LOPIVI afecta negativamente a la imagen pública de las empresas.

¿Por qué es importante la ley LOPIVI en 2025?

Esta ley fue aprobada en el 2021 y sin embargo es ahora, en el 2025 cuando todo el mundo se interesa por ella.

¿Estamos ante una moda repentina? No, no es una moda. La ley LOPIVI es una necesidad; sin embargo, el cuerpo legal adolece de claridad respecto a su implantación y medios, y todavía está en fase de desarrollo en distintos niveles -estatal, autonómico y local-, a pesar de haber pasado 4 años desde su publicación. Fue percibida como técnica y compleja. Muchas medidas no tenían regulación específica.

La ley exige formación especializada para el personal que trabaja con menores, creación de órganos como la Comisión Sectorial o delegados de protección y adaptación de normativas autonómicas, muchas aún pendientes de desarrollar. Por su parte, las acciones de formación que se han realizado por medio de la administración, muy centradas en estudiantes de universidades para estudios de educación, psicología, prevención, etcétera, no han supuesto la formación de profesionales ya en activo tanto en centros educativos como en empresas de ocio o entidades deportivas.

La ley LOPIVI exige que en todos los centros educativos debe existir la figura del Coordinador de Bienestar y Protección para hacer cumplir la ley y sobre todo atender los casos que se presenten. En establecimientos de ocio o deportivos obliga a la existencia de la figura del Delegado de Protección. La administración se encargará de poner los medios para formar y aportar recursos a estas personas.

Problemas con la implantación de la LOPIVI

La mayor dificultad operativa para aplicar la LOPIVI en un centro educativo, y en un contexto de falta de recursos humanos y económicos, es la sobrecarga estructural del personal docente y directivo.

Cumplir con la LOPIVI requiere tiempo, formación y coordinación multidisciplinar en un profesorado que, generalmente, está saturado y desbordado.

Dificultades específicas que esto genera:

1. Nombramiento simbólico del coordinador/a:

  • En muchos casos se designa a un docente sin formación específica ni dedicación horaria.
  • La figura queda reducida a una “obligación legal cumplida en papel” sin capacidad real de acción.
  • No existe una remuneración económica ni incentivos especiales por cumplir esta función.

2. Falta de tiempo para prevención o detección:

  • Las tareas preventivas (charlas, planes, formación, acompañamiento) quedan relegadas.
  • Solo se actúa cuando hay una crisis o una denuncia.

3. Formación insuficiente:

  • Muchos docentes no tienen formación específica sobre violencia, trauma o protocolos de actuación.
  • La coordinación con servicios sociales o sanitarios se vuelve ineficaz.

4. Riesgo de responsabilidad mal gestionada:

  • El centro y los docentes pueden asumir responsabilidades legales sin tener herramientas reales para cumplirlas adecuadamente.

¿Qué pretendemos con nuestro curso de formación?

  1. Formar al alumno respecto a las obligaciones de la ley LOPIVI como opción de refuerzo y ampliación, complementaria a la que ofrezca la Administración.
  2. Mostrar ejemplos de guías y protocolos existentes a nivel autonómico y describir procedimientos y acciones para detectar situaciones, así como procedimientos de actuación cuando se produce una denuncia.
  3. Mostrar casos de éxito y solvencia de sistemas de prevención de acoso y violencia escolar como el método finlandés KIVA.
  4. Detallar la situación real actual en España.
  5. Explicar el marco normativo existente y vigente.

En Grupo System estamos siempre a disposición de aquellas personas interesadas en conocer cómo funcionan nuestras formaciones. Desde septiembre de 2025, ya estará disponible nuestro curso sobre la Ley LOPIVI. ¡Pídenos información!

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